Esperanza!!!...

Bueno escogí esta canción para que puedan entender que la hemofilia ya es un tema superado, creo que el resumen de los talleres es que no estamos solos, tenemos la ayuda del estado, médicos, padres y familias con hemofilia en su vida, si entras a este humilde blog y ves la historia de la hemofilia te darás cuenta que lo hemos superado todo, que tenemos oportunidades de ser iguales a todos, a ser felices, normales y hasta podemos jugar a la pelota, somos invencibles, gracias a todos, por que hoy se puede, así que mamá que estás asustada o te diagnosticaron una terrible enfermedad, olvídate, se puede, se puede llegar a viejo, tener hijos, ser abuelos, podemos eso y mucho más, pero debes educarte, aprender a manejar tu cuerpo, conocerte, y educar a tu medico, sólo depende de ti como quieres vivir.



Pensiones un tema importante

La Hemofilia es considerada una discapacidad Visceral.


Discapacidad visceral: Clasificador internacional de la salud, la discapacidad y el funcionamiento, CIF (OMS 2002), incluye la discapacidad de tipo visceral, refiriéndose a las personas que presentan una condición de salud que compromete el funcionamiento de ciertos órganos y que se traducen en enfermedades de tipo respiratorias, cardiacas o crónicas entre otras. En cualquier caso se requiere igualmente la certificación de la discapacidad.


Bueno, la mayoría de los pacientes hemofílicos, han optado por las pensiones, existen tres tipos de pensiones la primera y más utilizada es la pensión de discapacidad, para esto debe inscribirse en el registro nacional de la discapacidad a continuación el proceso que deben realizar:


¿Cómo inscribirse en el Registro Nacional de la Discapacidad?


Paso 1: Para iniciar el trámite de inscripción, la persona con discapacidad o tutor debe dirigirse al FONADIS, Consultorio o COMPIN, retirar el formulario que exige algunos documentos:


• Fotocopia del carnet de identidad del paciente y tutor cuando es menor de edad.


• Certificado de nacimiento.


• Certificado de estudios del colegio.


• Certificado de residencia.


• Entrevista con el medico tratante para completar la solicitud de evaluación de la discapacidad.


Paso 3: La persona solicita al médico tratante completar y firmar la Solicitud de Evaluación de la Discapacidad.


Paso 4: Se presentan los documentos en la Admisión del COMPIN.


Paso 5: El Compin se reúne con médico especialista y la Comisión para evaluar el caso de la persona.


Paso 6: Finalmente, COMPIN certifica el grado de discapacidad de la persona y envía el certificado al Registro Civil.


Paso 7: COMPIN entrega al solicitante copia de los antecedentes enviados al Registro Civil.


Paso 8: El Registro Civil inscribe a la persona en el Registro Nacional de la Discapacidad.


Paso 9: La persona con discapacidad recibe una credencial o carné de discapacidad.
Pensión de Gracia


Pensión de Gracia

Descripción: Beneficio económico que otorga el Presidente de la República a grupos o personas. Se expresa en ingresos mínimos mensuales y el monto asignado depende de la situación económica y social del solicitante.

Para quién: Persona natural que se encuentre incapacitada para ejercer actividad laboral y no cuente con los medios económicos para la subsistencia de él y su grupo familiar.

¿En qué consiste?: Beneficio económico que otorga el Presidente de la República, se expresa en ingresos mínimos mensuales y el monto asignado depende de la situación económica y social del solicitante. Cada solicitud es son estudiadas por la Comisión Especial Asesora del Presidente de la República en materia de Pensiones de Gracia, que aprueba o rechaza las peticiones. Al ser aprobada la petición, se redacta el Decreto Supremo que le concede al peticionario el beneficio solicitado.

¿Dónde se realiza?: Las peticiones pueden ser presentadas en la Oficina de Partes del Palacio de La Moneda o en el Departamento de Pensiones de Gracia, ubicado en Agustinas 1235, 5° piso, Santiago.

¿A quién está dirigido?: Persona natural que se encuentre incapacitada para ejercer actividad laboral y no cuente con los medios económicos para la subsistencia de él y su grupo familiar.

Documentos requeridos:

1. Carta dirigida al Presidente de la República, indicando nombre completo y dirección del postulante (Calle, número, comuna, región y teléfono)

2. Una vez recepcionada en este Departamento la petición, se solicitará un Informe Social a la I. Municipalidad de la comuna que el peticionario reside.

3. En la visita que un profesional de la municipalidad realice, el solicitante debe entregar a éste toda la documentación requerida, entre ellos fotocopia de Carné de Identidad, certificados de salud otorgado por un médico de Hospital o Consultorio Municipal, comprobante de arriendo, colilla de pago de dividendos, pago de luz, agua, receta cotizada, etc.

Costo: Este trámite no tiene costo.

Tiempo de realización: El plazo para acusar recibo de la petición es de 30 días. Sin embargo, la tramitación regular del beneficio demora varios meses, por recibir este Departamento cientos de solicitudes mensuales. Por comentarios de las mamás puede demorarse años pero una vez recibida nadie la puede quitar.

Resultado: La petición cierra su proceso con la entrega del beneficio en el caso que la solicitud hubiere sido aceptada. Este beneficio será cobrado en lugar de pago que la Tesorería General de la República indique.